Resolución 863/2022

Fecha de publicación19 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE EMPLEO


Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-16660689- -APN-DGD#MT, la Ley N° 22.317 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.591 de Presupuesto Nacional para el año 2021 (prorrogada para el ejercicio fiscal 2022 por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021) y sus modificatorias y complementarias; el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1662 del 9 de septiembre de 2020, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784 del 28 de septiembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, para fomentar la capacitación de trabajadoras y trabajadores ocupados y desocupados a través de la intervención de las empresas.

Que por el artículo 3° de la Ley N° 22.317 se estableció que el cupo anual del citado régimen será fijado anualmente en el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la Administración nacional.

Que la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, en su artículo 31, inciso c), fijó en PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($650.000.000) el cupo anual de crédito fiscal correspondiente al año 2021 a ser administrado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco de lo normado por la Ley N° 22.317.

Que el artículo 1° del Decreto N° 882 del día 23 de diciembre de 2021 estableció, a partir del 1° de enero de 2022, la regencia para el ejercicio 2022 de las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784/2020, se aprobó el PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA, que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución, el cual tiene por objeto estructurar, sistematizar e impulsar programas, proyectos y acciones desarrollados en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL dirigidos a mejorar las competencias, habilidades y calificaciones de trabajadoras y trabajadores de nuestro país.

Que por el artículo 49 del Anexo de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR