Resolución 862/2022

Fecha de publicación14 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-121006754- -APN-DGD#MAGYP, el Decreto N° 576 de fecha 4 de septiembre de 2022, la Resolución General Nº 4.310 de fecha 17 de septiembre de 2018 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y sus modificatorias y complementarias, y la Resolución N° RESOL-2022-43-APN-SAGYP#MEC de fecha 26 de septiembre de 2022 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 576 de fecha 4 de septiembre de 2022 se creó el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR con el objetivo de fortalecer las reservas del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y estimular la generación de ingresos genuinos del ESTADO NACIONAL, producto de la exportación de mercadería con baja incidencia en las cadenas de valor de abastecimiento nacional.

Que por el artículo 9º de la citada norma se creó el FONDO INCREMENTO EXPORTADOR, con la finalidad de financiar, entre otras cuestiones, programas que estimulen la producción y el desarrollo de pequeños y medianos productores y de economías regionales.

Que, por el artículo 10 del mentado Decreto Nº 576/2022, corresponde al MINISTERIO DE ECONOMÍA la integración del mencionado Fondo.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA es un relevante exportador mundial granos, por lo que políticas nacionales orientadas a fortalecer la producción de dichas materias primas agropecuarias redundan eventualmente en un aumento en las exportaciones, lo que significa ingresos fiscales incrementales a través del cobro de derechos de exportación como tributos nacionales y provinciales, en beneficio del interés público.

Que existe un segmento de pequeños y medianos productores que, habiendo comercializado su producción de soja con anterioridad a la implementación del sistema implementado por el referido Decreto N° 576/2022, contribuyendo de esa forma de manera indirecta a la generación de ingresos genuinos al ESTADO NACIONAL, se han visto impedidos de acceder a los beneficios que el mencionado PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR significó.

Que es interés del ESTADO NACIONAL acompañar el desarrollo y mejoramiento de las condiciones de los pequeños y medianos productores agropecuarios, por lo que, en razón de lo expuesto, y a fin de estimular la producción, el desarrollo y el fortalecimiento de pequeños y medianos productores y de economías regionales, se ha diseñado un Programa de Compensación destinado a aquellos pequeños y medianos productores de soja y maíz que...

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