Resolución 860/2015

Fecha de disposición29 Junio 2015
Fecha de publicación20 Agosto 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33196



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 860/2015Bs. As., 29/06/2015

VISTO el Expediente N° 1.668.205/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente N° 1.668.205/15, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte gremial, y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) por el sector empleador, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las partes, incorporan un nuevo “Adicional por Jefatura” al artículo 128 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92, del cual resultan ser signatarias.

Que el ámbito territorial y personal, se corresponde con la actividad de la entidad empleadora signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que a fojas 26 del Expediente N° 1.668.205/15 se constituye la comisión negociadora para la celebración del presente acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y por la Ley N° 23.546 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que atención al ámbito de aplicación personal del acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde fijar el promedio de remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, respecto de los acuerdos salariales celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1256, de fecha 22 de septiembre de 2008.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 3 del Expediente N°...

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