Resolución 860/2014

Fecha de disposición05 Noviembre 2014
Fecha de publicación26 Noviembre 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33018



ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución 860/2014Bs. As., 5/11/2014

VISTO, el Expediente N° S01:0059609/2013 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Normas de Licencias Aeronáuticas de la Dirección de Licencias al Personal, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) elaboró el proyecto de la Parte 141 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACION CIVIL (RAAC).

Que las RAAC Parte 141 contienen las normas a que deben someterse los Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC).

Que por tratar cuestiones comunes, la aprobación de la nueva Parte 141 de las RAAC generará la necesidad de derogar la Disposición N° 116 de fecha 15 de agosto de 2001, la Disposición N° 162 del día 1° de noviembre de 2001, en ambos casos dictadas por el ex - COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA y la Disposición N° 167 de fecha 11 de septiembre de 2001, esta última dictada por la ex - Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas del ex - COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA.

Que también deberán ser derogadas las Resoluciones Nros. 231 y 239, ambas del día 17 de abril de 2012 dictadas por esta ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

Que la norma propiciada abarca, entre otros, temas referentes a los requisitos para la certificación de los Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC), reglas de operación, requerimientos administrativos y los equipos de instrucción de vuelo que deben contar.

Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

Que ello brindará la posibilidad de que los sectores interesados y la ciudadanía en general puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL

DE AVIACION CIVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

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