Resolución 86.

EmisorEnte Nacional Regulador del Gas
Fecha de la disposición 5 de Junio de 2018

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 86/2018

Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2018

VISTO el Expediente N° 33090 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS); la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario N° 1738/92 y sus modificatorios; el Capítulo XX de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (RBLD), aprobadas ambas por Decreto N° 2255/92; lo dispuesto por las Resoluciones N° 28/16, N° 212-E/16, N° 219-E/16, N° 474-E/17 y N° 218- E/18 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERIA DE LA NACIÓN; las Resoluciones ENARGAS N° I-3784/16, N° I-4065/16 y N° 132/17; y CONSIDERANDO:

Que la TARIFA SOCIAL fue instrumentada a través de las Resoluciones mencionadas en el VISTO dictadas por el MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA DE LA NACIÓN (MINEM) y el ENARGAS.

Que en este sentido, el artículo 4° de la Resolución del MINEM N° 474-E/17 determinó, entre otras cuestiones, que la bonificación correspondiente a los beneficiarios de la Tarifa Social será equivalente a un CIEN POR CIENTO (100%) del precio del Gas Natural o del Gas Propano Indiluido por redes sobre el bloque de consumo máximo -bloque de consumo base- determinado en el ANEXO II de la mencionada Resolución y a un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del precio del Gas Natural o del Gas Propano Indiluido por redes sobre el bloque de consumo excedente del antes determinado y cuyo volumen será igual al de dicho bloque de consumo base.

Que también se estableció que los consumos por encima del bloque indicado en el último bloque se abonarán al CIEN PORCIENTO (100 %).

Que el artículo 5° de la citada resolución ministerial determinó que la bonificación correspondiente a los beneficiarios de la Tarifa Social de los usuarios comprendidos en el régimen de compensación al consumo residencial de gas para la Región Patagónica, Departamento Malargüe de la Provincia de Mendoza y la Región de la Puna dispuesto en el...

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