Resolución 854-E.

Fecha de disposición13 Noviembre 2017
Fecha de publicación13 Noviembre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 854-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2017

VISTO el Expediente N° S01:0308840/2017 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.361 se aprobó el TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA ÁRABE DE EGIPTO.

Que el citado Tratado establece que, para obtener las preferencias arancelarias, los productos comprendidos en los Anexos I.1 y I.2 del mismo deberán cumplir con las Reglas de Origen especificadas en el Capítulo II.

Que el citado Capítulo II se denomina DEFINICIÓN DEL CONCEPTO DE "PRODUCTOS ORIGINARIOS" y en el mismo se dispone que el Certificado de Origen es el documento que certifica que los bienes cumplen con los requisitos de origen según lo establecido en ese capítulo, de modo que puedan beneficiarse del tratamiento arancelario preferencial del Tratado mencionado precedentemente.

Que el Capítulo II del mismo Tratado también contempla en el Artículo 1 de la Sección I inciso m) que la "Autoridad Competente" estaría dentro del listado mencionado en la misma Sección y entidades delegadas para emitir dicho Certificado de Origen bajo la legislación de cada Parte Signataria participante, responsable por la implementación de las disposiciones del presente Capítulo".

Que la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA habilitó a distintas entidades para emitir certificados de origen preferencial en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

Que mediante la Resolución N° 212 de fecha 30 de junio de 2009 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se habilitó a extender certificados de origen para los productos que se...

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