Resolución 853/2015
Fecha de disposición | 29 Junio 2015 |
Fecha de publicación | 09 Septiembre 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33210 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 853/2015Bs. As., 29/06/2015
VISTO el Expediente N° 1.671.793/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y,
CONSIDERANDO:
Que el Convenio Colectivo de Trabajo N° 674/13 fue celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES HORTICULTORES Y FLORICULTORES, denominada ahora SINDICATO ARGENTINO DE TRABAJADORES HORTICULTORES Y AGRÍCOLAS (SATHA) por el sector gremial y la CÁMARA DE VIVERISTAS PRODUCTORES, VENDEDORES Y COMERCIALIZADORES DE LA FRUTIHORTICULTURA Y FLORICULTURA por la parte empleadora.
Que dicha Convención Colectiva de Trabajo ha sido homologada por Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1465 de fecha 17 de Octubre de 2013, comprendiendo a la actividad hortícola y de floricultura.
Que la Resolución S.T. N° 1465/13, prescribe que el ámbito territorial del convenio homologado se circunscribe a las localidades de La Plata, Florencio Varela, Montegrande, Cañuelas, General Rodríguez y Escobar de la Provincia de Buenos Aires.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo N° 684/14, fue celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TRABAJADORES HORTICULTORES Y AGRÍCOLAS (SATHA) por el sector gremial y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE FLORICULTORES Y VIVERISTAS por la parte empleadora.
Que dicha Convención Colectiva de Trabajo ha sido homologada por Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 683 de fecha 9 de Mayo de 2014.
Que la Resolución S.T. N° 683/14, prescribe que el ámbito territorial del convenio homologado se circunscribe a las localidades de La Plata, Florencio Varela, Montegrande, Cañuelas, General Rodríguez y Escobar de la Provincia de Buenos Aires.
Que el SINDICATO ARGENTINO DE TRABAJADORES HORTICULTORES Y AGRÍCOLAS (SATHA), peticionó a esta Cartera de Estado se disponga la aplicación extensiva de las cláusulas del Convenio Colectivo de Trabajo N° 674/13 y del Convenio Colectivo de Trabajo N° 684/14 a todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
Que a fin de merituar la posibilidad de acceder a la petición formulada por la Entidad gremial signataria de los mentados textos convencionales, se ha procedido a constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley N° 14.250 (t.o 2004) que regula las Convenciones Colectivas de Trabajo.
Que es dable observar que debe tenerse especial consideración cuál es...
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