Resolución 850.

Fecha de disposición12 Agosto 2016
Fecha de publicación12 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 850/2016

Buenos Aires, 09/08/2016

VISTO el Expediente N° S02:0092647/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que la política de transporte público de pasajeros desarrollada por el ESTADO NACIONAL tiene entre sus objetivos centrales el mantenimiento de tarifas razonables, aplicando como instrumento para ello compensaciones tarifarias en todo el país, en post de garantizar el acceso de los usuarios a los servicios de transporte automotor y ferroviario involucrados.

Que asimismo constituye una importante acción de este Gobierno Nacional la tutela a los sectores de la población con mayor vulnerabilidad social, tal es el caso de aquellos que cuentan con planes sociales y/o pertenecen a grupos de afinidad o atributos sociales tales como: jubilados y/o pensionados, beneficiarios de las Asignaciones Universal por Hijo y por Embarazo y del Programa Jefes de Hogar, personal del trabajo doméstico, veteranos de la guerra de Malvinas, beneficiarios del "Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos" (PROGRESAR) y del "Programa Ingreso Social con Trabajo", beneficiarios de Pensiones No Contributivas, monotributistas sociales inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (REDLES), o cualquier otro que pueda incorporarse en el futuro.

Que a tales efectos los grupos de afinidad precedentemente mencionados que poseen tarjetas del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) cuentan con una tarifa con atributo social en el sistema de transporte público por automotor y ferroviario, cuyo porcentual de descuento respecto de la general fue aumentado mediante la Resolución N° 46 de fecha 6 de abril de 2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE del CUARENTA POR CIENTO (40%) al CINCUENTA Y CINCO POR CIENTO (55%).

Que en el ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES las tarifas con atributo y/o beneficio social vigentes se encuentran determinadas para el transporte público automotor por la precitada Resolución N° 46/16 del MINISTERIO DE TRANSPORTE y respecto del transporte público ferroviario por las Resoluciones N° 47 y N° 48, ambas de fecha 6 de abril de 2016 y del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para las Líneas GENERAL URQUIZA, BELGRANO NORTE, MITRE, GENERAL ROCA, GENERAL SAN MARTÍN, BELGRANO SUR y SARMIENTO.

Que la información adecuada y veraz constituye un derecho de raigambre constitucional de los usuarios de los servicios...

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