Resolución 845/2019

Fecha de publicación03 Octubre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2019

VISTO el EX-2019-50032100-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que bajo Expediente N° 1.785.385/18 la empresa URBANO EXPRESS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, solicito el inicio de tramite previsto en el Capítulo VI, Titulo III de la Ley Nacional de Empleo N° 24.013.

Que en dicho marco se celebra el Acuerdo registrado bajo el N° 38/18 mediante el cual convienen el pago de una parte del salario con carácter no remunerativo, la que será equivalente a una y media veces el valor del salario mínimo, vital y móvil.

Que en las páginas 1/3 del IF-2019-54459656-APN-DNRYRT#MPYT obra el Acuerdo celebrado entre la empresa URBANO EXPRESS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y el SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES OBREROS Y EMPLEADOS DEL TRANSPORTE DE CARGAS POR AUTOMOTOR, SERVICIOS, LOGÍSTICA Y DISTRIBUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA Y PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el cual resulta complementario al acuerdo precitado, conforme a los términos allí pactados.

Que en relación a futuras suspensiones de personal en los términos del artículo 223 bis de la Ley N° 20.744, oportunamente deberá darse cumplimiento con las previsiones allí contenidas.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el texto pactado en todos sus términos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO. – 2019 – 35 – APN – PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la firma URBANO EXPRESS ARGENTINA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR