Resolución 843.
Emisor | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social |
Fecha de la disposición | 20 de Noviembre de 2015 |
Resolución 843/2015
Bs. As., 23/06/2015
VISTO el Expediente N° 1.473.792/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 574 del 4 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/67 del Expediente N° 1.522.495/12 agregado como fojas 46 al Expediente N° 1.473.792/11 obra el convenio colectivo de trabajo de empresa celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que dicho convenio colectivo de trabajo de empresa fue homologado por el artículo 1° de la Resolución S.T. N° 574/15 y registrado bajo el N° 1443/15 "E", conforme surge de fojas 156/161 y 164, respectivamente.
Que a fojas 10/13 del Expediente N° 1.522.499/12 agregado como fojas 47 al Expediente N° 1.473.792/11 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolución S.T. N° 574/15 y registrado bajo el N° 533/15, conforme surge de fojas 156/161 y 164, respectivamente.
Que los precitados instrumentos fueron ratificados por la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, según consta a fojas 134/135.
Que las condiciones económicas del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1443/15 "E" tienen vigencia a partir del 1° de julio de 2012.
Que atento a la fecha de celebración y vigencia del Acuerdo N° 533/15, se entiende que los incrementos salariales pactados con vigencia desde el 1° de julio de 2012 y 1° de septiembre de 2012, se encuentran celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1443/15 "E".
Que a fojas 4/6 del Expediente N° 1.656.889/14 agregado como fojas 119 al Expediente N° 1.473.792/11 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1443/15 "E"...
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