Resolución 834.

Fecha de disposición29 Octubre 2015
Fecha de publicación29 Octubre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 834/2015

Bs. As., 21/10/2015

VISTO el Expediente N° ANC:0003425/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto tramita el procedimiento previsto en los artículos 74 y concordantes del Código Aeronáutico y reglamentado en el Decreto N° 5.764 de fecha 11 de agosto de 1967 con relación a la aeronave marca BEECHCRAFT, modelo F-35, N° de Serie D-4375 (ex matrícula LV-FHJ), que se encontrara inscripta a nombre de los señores Oscar Leandro ZANFRANCESCHI (Matrícula Individual N° 4.429.231) y Marcelo MERLJAK (Matrícula Individual N° 4.312.736) y que se halla actualmente inmovilizada en un sector del predio del Aeropuerto Internacional de San Fernando, sito en la localidad homónima de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que dicha aeronave estaba estacionada en un hangar del citado aeropuerto que fuera explotado comercialmente por la Empresa VRM AIRCRAFT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA hasta tanto se efectivizó el lanzamiento de la citada empresa en el marco de los autos caratulados "ORSNA c/ VRM AIRCRAFT S.R.L. s/ LANZAMIENTO LEY 17.091" (Expte. N° 67.450), que tramitara por ante el Juzgado Federal N° 1 de la localidad de San Martín, Provincia de BUENOS AIRES.

Que al realizarse el lanzamiento se constataron las condiciones de la aeronave y de sus partes, concluyéndose que no se encontraba en condiciones de su retorno al servicio, dada la existencia de gran corrosión en sectores vitales de la aeronave y sus partes.

Que el Departamento Registro Nacional de Aeronaves, dependiente de la Dirección de Aeronavegabilidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) informó que la matrícula de dicha aeronave fue cancelada mediante Disposición N° 154 de fecha 5 de septiembre de 1997 de la ex-Dirección Nacional de Aeronavegabilidad del ex-Comando de Regiones Aéreas de la FUERZA AÉREA ARGENTINA.

Que en consecuencia se dio inicio al procedimiento previsto en los artículos 74 y concordantes del Código Aeronáutico y reglamentado en el Decreto N° 5.764 de fecha 11 de agosto de 1967, para proceder a la remoción de la citada aeronave y/o sus restos, y se designó al Director General Legal, Técnico y Administrativo de la ANAC como instructor en dichas actuaciones.

Que lo concluido por la instrucción es que, habiéndose cursado las notificaciones pertinentes y...

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