Resolución 832/2015
Fecha de disposición | 24 Agosto 2015 |
Fecha de publicación | 03 Septiembre 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33206 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 832/2015
Apruébase texto del Estatuto Social.
Bs. As., 24/08/2015
VISTO el Expediente N° 80.493/06 del Registro de la DELEGACION REGIONAL SAN LUIS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, sus modificatorias por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390; Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE VILLA MERCEDES (SAN LUIS), con domicilio en calle Balcarce N° 468, Villa Mercedes, Provincia de SAN LUIS, solicita la aprobación de la modificación de su estatuto social.
Que la mencionada asociación sindical obtuvo Inscripción Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 208 de fecha 20 de diciembre de 1984 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el N° 1315.
Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.
Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.
Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Inscripción Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.
Que dadas las modificaciones realizadas, que alteran la numeración del articulado, y con fundamento en los principios de unidad y coherencia legislativa, se hace necesaria la aprobación íntegra del texto del estatuto de la entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
— Apruébase el texto del Estatuto Social del CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE VILLA MERCEDES...
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