Resolución 831.

Fecha de disposición10 Diciembre 2015
Fecha de publicación10 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 831/2015

Bs. As., 04/12/2015

VISTO el Expediente N° S01:0326605/2015 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el Decreto-Ley N° 22.498/56, la Ley N° 24.804, los Decretos N° 1.390 de fecha 27 de noviembre de 1998, N° 1283 de fecha 24 de mayo de 2003 y N° 27 de fecha 27 de mayo de 2003 y,

CONSIDERANDO:

Que con el fin fortalecer el desarrollo de la industria y tecnología nuclear y la trayectoria en materia de uso pacífico de la energía nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, con fecha 26 de agosto de 2006 el Gobierno Nacional anunció la reactivación del Plan Nuclear Argentino.

Que mediante dicho relanzamiento se ha establecido un programa de corto y mediano plazo sobre la base de dos pilares: la consolidación de la opción nuclear como fuente de generación eléctrica y la ampliación de las aplicaciones de la tecnología nuclear al campo de la salud pública, el agro y la industria.

Que en el ámbito de la industria nuclear, la Argentina detenta una importante trayectoria en el desarrollo y fortalecimiento de un área estratégica a partir del uso pacífico y sus aplicaciones en medicina nuclear.

Que el Plan Nacional de Medicina Nuclear es fruto de la convergencia de dos prioridades, por un lado, la implementación de políticas sanitarias integrales que tiene como objetivo extender y mejorar la calidad de vida de la población; por otro lado, la inversión en tecnología, infraestructura y formación de recursos humanos para el desarrollo nacional y el posicionamiento de la Argentina como líder en materia de uso pacífico de la energía nuclear.

Que el Plan Nacional de Medicina Nuclear se orienta a garantizar a los habitantes de la República Argentina, en un marco de equidad y justicia social, el acceso universal y de máxima calidad a las aplicaciones de la medicina nuclear para la prevención, el control y el tratamiento de las enfermedades crónicas no transmisibles.

Que la implementación del referido Plan atiende a la inclusión social garantizando no solo el acceso gratuito sino también la disponibilidad geográfica de estos servicios, en un esquema de federalización de infraestructura y generación de redes de trabajo de interconsulta entre distintos niveles del sistema de salud.

Que, en tal sentido, se propicia la creación de nuevos Centros de Medicina Nuclear y Radioterapia, así como la refuncionalización de aquellos centros ya operativos...

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