Resolución 8300 - E.

Fecha de disposición12 Diciembre 2016
Fecha de publicación12 Diciembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 8300 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2016

VISTO los Expedientes N° 102.00.0/2014 y N° 102.01.0/2014 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que las actuaciones del VISTO documentan el concurso público convocado por la entonces AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, mediante Resolución N° 323- AFSCA/14, modificada por su similar N° 592-AFSCA/14, con el objeto de adjudicar DOS (2) licencias, para la instalación, funcionamiento y explotación de DOS (2) servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, con categoría E, en la localidad de SAN MARTÍN N° 2, provincia de FORMOSA.

Que conforme surge del acta de apertura del concurso público N° 102.00.0/14, se verificó la presentación de UNA (1) oferta, realizada por el señor Roque Petronilo GÓMEZ, documentada como Expediente N° 102.01.0/14.

Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución N° 323-AFSCA/14 (Anexo B), modificada por su similar N° 592-AFSCA/14.

Que el procedimiento contemplado en el artículo 19 del pliego que documenta el Anexo B de la Resolución N° 323-AFSCA/14 y su modificatoria, dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes, en función de los requisitos y aspectos exigidos por los artículos que lo anteceden, teniendo en cuenta los elementos de admisibilidad relativos al cumplimiento de los requisitos de los aspectos personal y societario; patrimonial y técnico; y la sujeción de la propuesta a los porcentajes de contenidos y producción establecidos por la Ley N° 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1225/10, con relación a la propuesta de programación.

Que asimismo, el artículo 20 del mentado pliego dispone que "\u2026 Si una de las áreas evaluara negativamente la oferta corresponderá, previa intervención del servicio...

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