Resolucion 823
Fecha de disposición | 31 Agosto 2007 |
Fecha de publicación | 31 Agosto 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31229 |
ANEXO Expediente Nº 15.600/95
PARTES SIGNATARIAS FECHA DE BASE TOPE ENTRADA EN PROMEDIO INDEMNIZATORIO VIGENCIA FEDERACION OBRERA NACIONAL 01/02/2007 $ 972,38 $ 2.917,14
DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES c/ 01/03/2007 $ 986,33 $ 2.958,98
FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA 01/06/2007 $ 1.016,38 $ 3.049,15
Y AFINES 01/08/2007 $ 1.042,93 $ 3.128,78
CCT 495/07 - TOPE GENERAL 01/10/2007 $ 1.074,67 $ 3.224,01
01/02/2007 $ 1.122,35 $ 3.367,06
TOPE ZONA 01/03/2007 $ 1.150,71 $ 3.452,14
PATAGONICA 01/06/2007 $ 1.185,78 $ 3.557,34
01/08/2007 $ 1.216,75 $ 3.650,25
01/10/2007 $ 1.253,78 $ 3.761,35
01/02/2007 $ 1.353,51 $ 4.060,54
TOPE TIERRA DEL FUEGO E ISLAS 01/03/2007 $ 1.397,29 $ 4.191,88
ATLANTICAS DEL SUR 01/06/2007 $ 1.439,88 $ 4.319,63
01/08/2007 $ 1.477,48 $ 4.432,44
01/10/2007 $ 1.522,45 $ 4.567,35
Expediente Nº 15.600/95
BUENOS AIRES, 7 de agosto de 2007
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 819/07, se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 928/07. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 823/2007
Registro Nº 925/07
Bs. As., 1/8/2007
VISTO el Expediente Nº 1.224.432/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 632 de fecha 2 de julio de 2007 y CONSIDERANDO:
Que a fojas 107/112 del Expediente Nº 1.224.432/07, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS y LA UNION DE ENTIDADES COMERCIALES ARGENTINAS, LA CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA Y LA CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por Resolución S.T. Nº 632/07 y registrado bajo el Nº 746/07, conforme surge de fojas 96/98 y 101, respectivamente.
Que por su parte, a fojas 116/121 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, el cual da cuentas del cálculo de la base promedio mensual y...
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