Resolución 823/2019

Fecha de publicación11 Diciembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 09/12/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-64285429-APN-DGD#MTR, la Ley N° 13.064 Nacional de Obras Públicas, los Decretos N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y N° 375 de fecha 19 de febrero de 2016, las Resoluciones N° 611 de fecha 13 de julio de 2108 y N° 927 de fecha 17 de octubre de 2018 ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramitan los recursos de reconsideración presentados por las firmas MARCALBA S.A., CUIT N° 30-60867483-3, JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A., CUIT N° 30-71426920-4, RIVA S.A.I.I.C.F.A., CUIT N° 30-51891712-5 y C&E CONSTRUCCIONES S.A., CUIT N° 30-70828836-1, en el marco de la Licitación Pública N° 451-0011-LPU18 para la realización de la Obra Pública “METROBUS QUILMES”.

Que por la Resolución N° 927 de fecha 17 de octubre de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó la Licitación Pública Nacional N° 451-0011-LPU18 para la realización de la obra “METROBUS QUILMES”, efectuada al amparo de la Ley N° 13.064 Nacional de Obras Públicas.

Que por el artículo 2° de la citada Resolución N° 927/2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se desestimaron las ofertas de las firmas JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A, C&E CONSTRUCCIONES S.A., RIVA S.A.I.I.C.F.A. y MARCALBA S.A. -con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta-; CONSTRUCCIONES INGEVIAL S.A., MIAVASA S.A., PETERSEN THIELE Y CRUZ S.A., TECMA S.A., CONINSA S.A. (UT) y BRICONS S.A. por no cumplir con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones.

Que, asimismo, por el artículo 3° de la citada resolución se adjudicó la obra “METROBUS QUILMES” a la empresa CONSTRUMEX S.A. por un monto total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 299.750.000,58).

Que las firmas MARCALBA S.A., JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A., RIVA S.A.I.I.C.F.A., y C&E CONSTRUCCIONES S.A. han sido notificadas de la Resolución N° 927/2018 del MNISTERIO DE TRANSPORTE con fecha 18 de octubre de 2018.

Que posteriormente con fecha 31 de octubre de 2018, las proponentes MARCALBA S.A. y JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A., presentaron recursos de reconsideración contra la citada Resolución N° 927/2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, asimismo, con fecha 1° de noviembre 2018 las proponentes RIVA S.A.I.I.C.F.A. y C&E CONSTRUCCIONES S.A. presentaron recurso de reconsideración contra la citada resolución.

Que en esa oportunidad la firma C&E CONSTRUCCIONES S.A. autorizó a los Sres. Guillermo Martín Biati, Adalberto Luis Busetto, Noelia Elizabeth de Luca, Joaquín Roble Gorriti, Magalí Murua Viel y Gastón Bruno Barreñada a tomar vista de las actuaciones.

Que desde el punto de vista formal, los recursos resultan procedentes por haber sido deducidos en legal tiempo y forma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N°1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017).

Que respecto del fondo de la cuestión planteada, la empresa MARCALBA S.A. en su recurso de reconsideración peticionó que “…Sea decretada la nulidad de la resolución 2018-927-APN-MTR, procediendo a la restitución de la póliza de garantía de oferta”.

Que en igual sentido, la empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A. solicitó que “…Se haga lugar a la reconsideración solicitada, y se deje sin efecto la pérdida de garantía de oferta dispuesta en el art.2° de la RESOL 2018-927-APN-MTR, ordenándose en consecuencia la inmediata restitución de la misma a esta proponente”.

Que la empresa C&E CONSTRUCCIONES S.A. peticionó que “…se revoque la resolución recurrida, dejándose sin efecto la sanción impuesta a mi representada”.

Que la empresa JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A. solicitó “…Se deje sin efecto la perdida de garantía de mantenimiento de oferta y se libere la misma a favor de la empresa de la PÓLIZA Nro: 44/08/. Entidad Legal: PACÍFICO COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.”.

Que mediante la Resolución N° 611 de fecha 13 de julio de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, entre otras cuestiones, se aprobaron los Pliegos de Cláusulas Generales...

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