Resolucion 81

Fecha de disposición30 Mayo 2008
Fecha de publicación30 Mayo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31416

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 81/2008

ACTA Nº 993

Expediente ENRE Nº 19.477/05

Bs. As., 14/5/2008

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Modificar el Anexo I de la Resolución ENRE Nº 791/2007 en lo que respecta a las limitaciones y restricciones al dominio establecidas sobre la Parcela 13 g, y determinar que, sobre la misma, son de aplicación exclusivamente las restricciones fijadas en los artículos 3º, 16º y 19º de la Ley Nº 19.552, y las restricciones y limitaciones al dominio detalladas en el artículo 2º de la Resolución ENRE Nº 791/2007. 2.Derogar el artículo 3º de la Resolución ENRE Nº 791/2007. 3.- Aprobar en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 19.552 y a los fines de la afectación a servidumbre administrativa de electroducto, el plano referido a la Parcela 13 m, sito en la Circunscripción II, Partido de Colón, Provincia de Buenos Aires, para el emplazamiento de la Estación Transformadora Colón. 4.- Determinar que la heredad afectada por la servidumbre administrativa de electroducto, aprobada en el artículo anterior, quedará sometida a la restricción total y absoluta al dominio, siendo oponible tanto al propietario como al usuario de la misma. 5.- La afectación de la servidumbre administrativa de electroducto, aprobada en el artículo 3º de la presente Resolución, será a favor de 'TRANSBA S.A.', siendo dicha empresa responsable de adoptar y realizar todas las medidas y acciones tendientes a la constitución definitiva de la servidumbre administrativa de electroducto, conforme a lo dispuesto en los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 19.552, debiendo acreditar su cumplimiento en las presentes actuaciones, dentro de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR