Resolución 126/2010

Fecha de disposición05 Abril 2010
Fecha de publicación05 Abril 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31875
Art. 2º

La Comisión en la Reunión Plenaria del mes de julio evaluará el estado del recurso a fin de establecer la fecha de cierre de captura de la zafra 2010, sobre la base de la información técnica aportada por las Partes.

Art. 3º

Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave a las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.

Secretaría de Hacienda PLAN NACIONAL DE GOBIERNO ELECTRONICOY PLANES SECTORIALES DE GOBIERNO ELECTRONICO Resolución 71/2010

Apruébase la Política de Seguridad de la Información para la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

Bs. As., 22/3/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0055097/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, el Decreto Nº 378 de fecha 27 de abril de 2005, la Decisión Administrativa Nº 669 de fecha 20 de diciembre de 2004, la Resolución Nº 283 de fecha 17 de abril de 2008 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Disposición Nº 6 de fecha 3 de agosto de 2005 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION, organismo dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE o DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 378 de fecha 27 de abril de 2005 aprobó los lineamientos estratégicos que deberán regir el Plan Nacional de Gobierno Electrónico y los Planes Sectoriales de Gobierno Electrónico de los organismos de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, con el fin de promover el empleo eficiente y coordinado de los recursos de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

Que el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 669 de fecha 20 de diciembre de 2004 establece que los organismos del Sector Público Nacional comprendidos en los incisos a) y c) del Artículo 8º de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, deberán dictar, o bien adecuar sus políticas de seguridad de la información.

Que la decisión administrativa mencionada en el considerando precedente, prevé la conformación de un Comité de Seguridad de la Información, determinando las funciones que el mismo deberá ejecutar.

Que la Disposición Nº 6 de fecha 3 de agosto de 2005 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION organismo dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aprueba...

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