Resolucion 804

Fecha de disposición15 Abril 2008
Fecha de publicación15 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31384

la determinación de los valores provisorios de servidumbres en los términos del art. 22º de la Ley 24.076 y de la Resoluciones ENARGAS Nº 584 y 2244; el dictado de instrucciones a las Licenciatarias en materia de servidumbres; la intervención en los juicios en los que el ENARGAS es citado como demandado por su carácter de administrador del Fondo de Servidumbres o como tercero en cualquier controversia relativa a las servidumbres o permisos de paso; el control --junto con la gerencia respectiva-- de las franjas de seguridad a lo largo del tendido de los gasoductos; y la intervención en el asesoramiento a las Autoridades del ENARGAS en toda aquella gestión que se refiera a bienes inmuebles.

Que en consecuencia, resulta necesario dotar a dicho Grupo Operativo de Servidumbres de un Organigrama que recepcione legalmente lo que surge de las tareas habituales del personal que se desempeña en dicha Area y que comprende tanto aspectos legales (ya que las servidumbres son derechos reales), como técnicos (mensuras, confección de planos e interpretación de los mismos, determinación de daños en los suelos, cultivos e instalaciones), como contables (administración del Fondo de Contribución de Servidumbres, pagos a propietarios, superficiarios, profesionales y terceros proveedores), tareas todas estas desarrolladas por profesionales de distintas disciplinas.

Que ha tomado la intervención de ley la Gerencia de Asuntos Legales.

Que la presente Resolución se dicta de conformidad a lo previsto en el Artículo 52, inc. v) y 59 inc.

  1. de la Ley 24.076 y lo que surge de los Decretos Nros. 571/07, 1646/07 y 80/07.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébase el Organigrama del Grupo Operativo de Servidumbres que surge del Anexo I de la presente Resolución.

ARTICULO 2º

Apruébanse las Misiones y Funciones de las Areas del Grupo Operativo de Servidumbres, según el Anexo II de la presente Resolución.

ARTICULO 3º

Ratifícase al Dr. Alejandro Roberto Melo (D.N.I. Nº 13.566.448) como Coordinador de dicho Grupo Operativo de Servidumbres, dependiente del Directorio del ENARGAS.

ARTICULO 4º

Desígnase como Jefe del Area Legal de dicho Grupo Operativo a la Dra. Marcela Paula Valdéz (D.N.I Nº 18.064.870), la cual se desempeñará como reemplazante natural del Coordinador en caso de ausencia del mismo.

ARTICULO 5º

Desígnase como Jefe del Area Técnica de dicho Grupo Operativo al Ing. Daniel Emilio Caniffi (D.N.I. Nº 12.171.435).

ARTICULO 6º

Desígnase como Jefe del Area Administrativo Contable de dicho Grupo Operativo al Contador Alejandro Darío Suárez (D.N.I. Nº 12.058.367).

ARTICULO 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y...

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