Resolución 8.

Fecha de disposición30 Agosto 2016
Fecha de publicación30 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 8/2016

Buenos Aires, 11/08/2016

VISTO el CUDAP: EXP.-S04:0042223/2016 del registro de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 25.938, la Ley N° 27.192, el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.192 crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

Que corresponde considerar que conforme lo dispuesto por el artículo 5° inc. 3° de la mencionada norma, corresponde a esta ANMaC efectuar la destrucción, con carácter exclusivo y excluyente en todo el territorio nacional, de todo material controlado en el marco de las leyes Nros. 20.429, 25.938 sus complementarias y modificatorias.

Que en el mismo sentido el art. 5 inc. 4 de la Ley N° 27.192 habilita a la ANMaC a determinar los métodos y procedimientos de destrucción de materiales controlados, garantizando su eficacia, eficiencia y sustentabilidad en relación con el medio ambiente.

Que la POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE ha dispuesto la baja institucional de DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA (2.950) armas de fuego de su dotación, por presentar anormalidades severas e irreparables que las hacen no aptas para el servicio e irrecuperables, generando su descargo patrimonial y efectuando la entrega a este Organismo para su destrucción.

Que dicho material fue verificado en el BANCO NACIONAL INFORMATIZADO DE DATOS, conforme Artículo 10 de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, surgiendo luego de su consulta sobre el estado registral y documentación que ordena su destrucción, que se encontrarían en condiciones de ser destruidas DOS MIL NOVECIENTAS CUARENTA Y UN (2.941) armas de fuego, toda vez que NUEVE (9) de ellas, poseen solicitud de secuestro vigente, por lo que se han reservado hasta tanto se resuelva el impedimento legal o administrativo que obsta a su destrucción.

Que con la documentación obrante en su poder, y a requerimiento de la POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, es que esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS debe proceder a la destrucción por TRITURACION Y FUNDICION de DOS MIL NOVECIENTAS CUARENTA Y UN (2.941) armas de fuego.

Que han tomado la debida intervención la Delegación Técnico Administrativa, la Dirección Técnico Registral y la Dirección de Fiscalización y Control de Gestión de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

Que la presente se dicta en virtud de las...

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