Resolución 8/2023

Fecha de publicación14 Marzo 2023
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-58812356-APN-DGDYD#JGM, los Decretos N° 958 de fecha 16 de junio de 1992, N° 818 de fecha 11 de septiembre de 2018, N° 656 del del 29 de abril de 1994 y N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, este último modificado por el N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, la Resolución N° 606 de fecha 18 de diciembre de 1975 de la ex SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Resolución N° 395 de fecha 23 de junio de 1989 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS del entonces MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 24 de fecha 5 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y la Resolución N° 23 de fecha 29 de septiembre de 2021 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 606 de fecha 18 de diciembre de 1975 de la ex SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el “REGLAMENTO PARA LA HABILITACIÓN DE VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS”, el cual contiene las normas y las condiciones técnico constructivas que deben reunir las unidades que prestan servicios regulares de transporte de pasajeros por automotor en la Jurisdicción Nacional.

Que conforme prevé la Resolución Nº 606/75 de la ex SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS en su Punto 5 “ACTUALIZACIÓN Y RECTIFICACIONES” de la Sección Primera “INTRODUCCIÓN”, la misma será pasible de experimentar continuas modificaciones.

Que la Resolución N° 395 de fecha 23 de junio de 1989, de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS del entonces MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, modificó la denominación del mencionado Reglamento, por la de “MANUAL DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS”.

Que el Capítulo V —ACCESORIOS— del citado manual, establece las condiciones técnicas que deben satisfacer diversos equipos y sistemas, de los chasis y de las carrocerías de ómnibus.

Que mediante la Resolución N° 24 de fecha 5 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se instruyó a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE para “iniciar un procedimiento tendiente a determinar la conveniencia, perjuicios, riesgos y viabilidad, entre otras circunstancias, de las unidades de ómnibus doble piso destinadas al transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional”.

Que, mediante la Resolución N° 23 de fecha 29 de septiembre de 2021...

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