Resolución 8/2015

Fecha de disposición29 Enero 2015
Fecha de publicación30 Enero 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33061



MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES

Resolución 8/2015Bs. As., 29/1/2015

VISTO el Expediente N° 0004955/2015 del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley N° 27.078, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el Decreto N° 1.148 de fecha 31 de agosto de 2009, el Decreto N° 2.456 de fecha 11 de diciembre de 2014, la Resolución N° 1.047 de fecha 16 de septiembre de 2014 y la Resolución N° 1.329 de fecha 19 de noviembre de 2014, ambas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución N° 272 de fecha 18 de julio de 1990 de la ex SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 2.764 de fecha 26 de diciembre de 1994 de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 501 de fecha 27 de junio de 1996 de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Resolución N° 2.613 de fecha 3 de diciembre de 1998 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Resolución N° 479 de fecha 17 de febrero de 1993, de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 3.205 de fecha 18 de noviembre de 1999, de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Resolución N° 87 de fecha 2 de julio de 2002, de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Resolución N° 513 de fecha 10 de diciembre de 2001, de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, la Resolución N° 1 de fecha 3 de enero de 1997 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Resolución N° 235 de fecha 23 de julio de 2001, de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, la Resolución N° 218 de fecha 27 de abril de 1982 de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 160 de fecha 11 de mayo de 1983 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 478 de fecha 22 de septiembre de 1986 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 228 de fecha 3 de febrero de 1994 de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 198 de fecha 22 de abril de 1996 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Resolución N° 7 de fecha 12 de agosto de 2013 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA y SERVICIOS, la Resolución N° 1.208 de fecha 24 de marzo de 1993 de la COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 326 de fecha 26 de marzo de 1997 de la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Artículo 26 de la Ley N° 27.078 el espectro radioeléctrico es un recurso intangible, finito y de dominio público, cuya administración, gestión y control es responsabilidad indelegable del Estado Nacional.

Que el Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, en su Artículo 4° aprobó el Reglamento Sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico, que como ANEXO IV forma parte integrante de dicho decreto y a través del cual se establecen los principios y disposiciones que regirán la administración, gestión y control del espectro radioeléctrico.

Que asimismo, el Artículo 12 del mencionado reglamento faculta a la Autoridad de Aplicación a disponer la migración de los sistemas que se encuentren operando en una banda de frecuencia determinada como consecuencia de cambios en la Atribución de las Bandas de Frecuencias.

Que por el Artículo 1° del Decreto 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003, se estableció...

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