Resolución 798-E.

Fecha de disposición09 Enero 2018
Fecha de publicación09 Enero 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 798-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2017

VISTO el Expediente N° 1.764.255/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/8 de los autos citados en el VISTO, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte gremial y la empresa CARRARO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, ratificado a fojas 61/62 por medio de las Actas que lo integran, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido un incremento salarial desde el mes de Abril hasta el 30 de Junio del 2017 para el personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 3/89 "E".

Que cabe destacar que por medio de la RESOLUCIÓN S.T. N° 273, que en el Expediente N° 1.044.227/04, la empresa CARRARO SOCIEDAD ANÓNIMA es la continuadora de la empresa DEUTZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, signataria del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 3/89 "E" conjuntamente con el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el mentado Acuerdo, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.

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