Resolución 42/2010

Fecha de disposición22 Marzo 2010
Fecha de publicación22 Marzo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31868

Bs. As., 11/3/2010

VISTO: el expediente Nº 1-20024638000065/10-3 del registro de este INCUCAI, y CONSIDERANDO:

Que el Departamento de Compras y Contrataciones ha informado la existencia de una significativa cantidad de garantías entregadas por oferentes participantes en contrataciones realizadas por esta institución, cuyos trámites, conforme a la normativa vigente, ya se encuentran finalizados.

Que se han arbitrado distintos medios tendientes a notificar a dichos oferentes a fin del correspondiente retiro de las mencionadas garantías; no obstante ello, aún se encuentran en poder de este Instituto Nacional una gran cantidad de las mismas.

Que en virtud de ello, el referido Departamento solicita realizar una publicación en el Boletín Oficial por 3 (tres) días, a efectos del cómputo del plazo establecido por el artículo 56 del Decreto 436/2000, que habilita la destrucción, en el término de un (1) año a partir de la pertinente notificación, de los documentos entregados en garantía y no retirados.

Que por lo expuesto es necesario gestionar la mencionada publicación, en cumplimiento con lo establecido en los Decretos Nº 436/2000 y 1023/2001, y demás normas concordantes y complementarias.

Que el Departamento Jurídico y el Departamento de Compras y Contrataciones han tomado la intervención de su competencia.

Que quienes suscriben la presente son competentes para resolver en esta instancia, de conformidad con las atribuciones conferidas por la ley Nº 24.193.

Que el presente tema se trató en reunión de Directorio el día 11 de marzo de 2010, Acta Nº 6.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE RESUELVE:

ARTICULO 1º

Notifíquese a los oferentes detallados en el Anexo Unico, que es parte integrante de esta Resolución, a través de la Publicación por tres (3) días en el Boletín Oficial, a efectos del cómputo de un (1) año establecido en el artículo 56 del Decreto 436/2000. Vencido dicho plazo, procédase a la destrucción de las garantías no retiradas por los oferentes y enumeradas en el citado Anexo.

ARTICULO 2º

Regístrese, comuníquese. Transmítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para la publicación por el término dispuesto en el artículo precedente. Cumplido, archívese.

-- Dr. CARLOS A. SORATTI, Presidente, INCUCAI. -- Dr. MARTIN TORRES, Vicepresidente,

INCUCAI.

ANEXO UNICO Devolución de documentos recibidos en concepto de garantía mantenimiento de oferta Garantías Concepto Nombre Importe Pagaré Contratación Directa 01/09 Abacco Consultores SA $ 605,00

Pagaré Contratación Directa 23/09 Alfagrama S.R.L. $ 1.250,00

Pagaré Licitación Privada 08/09 Atlantica Impresores SRL $ 4.365,00

Pagaré Contratación Directa 24/08 AVK S.R.L.. $ 1.169,98

Pagaré Licitación Pública 05/08 AVK SRL $ 2.602,35

Pagaré Contratación Directa 20/09 Becton Dickinson Argentina S.R.L. $ 157,00

Pagaré Contratación Directa 22/09 Broncel SA $ 840,00

Pagaré Contratación Directa 25/08 Broncel SA $ 720,00

Pagaré Licitación Privada 14/09 Caja de Seguros SA $ 2.100,00

Pagaré Contratación Directa 26/08 Casa Ambar SA $ 1.759,00

Pagaré Contratación Directa 21/09 Casa Miller SRL $ 1.150,17

Pagaré Contratación Directa 25/09 Castro, Daniel $ 400,00

Pagaré Contratación Directa 26/08...

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