Resolución 795/2020

Fecha de publicación30 Septiembre 2020
SecciónAsociaciones Sindicales
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2020

VISTO el EX-2019-40795947--APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que por la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que con fecha 18 de diciembre de 2012 el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE SALUD DE ENTRE RÍOS (S.U.T.S.E.R.) con domicilio en Santa Fe 322, Piso 5º Departamento B de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos solicita reconocimiento de personería gremial a todos los trabajadores de la salud, exceptuando jerárquicos y profesionales, que se desempeñen en los establecimientos asistenciales y sanatorios dependientes del Ministerio de Salud y Acción Social, Secretaría de Salud de la Provincia de Entre Ríos, en cualquiera de sus modalidades, centralizados, descentralizados y de autogestión en el territorio de los siguientes Departamentos de la Provincia de Entre Ríos: Federal, Nogoyá, Gualeguachú, Paraná, Victoria, San Salvador, La Paz, Diamante, Villaguay y Concordia.

Que por Resolución Nº 1076 de fecha 1 de octubre de 2010 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº 2898, para agrupar a todos los trabajadores de la salud, exceptuando a jerárquicos y profesionales, que se desempeñen en los establecimientos asistenciales y sanatorios dependientes del Ministerio de Salud y Acción Social, Secretaría de Salud de la Provincia de Entre Ríos, en cualquiera de sus modalidades, centralizados, descentralizados y de autogestión, con zona de actuación, en todo el territorio de los siguientes Departamentos de la Provincia de Entre Ríos: Federal, Nogoyá, Gualeguachú, Paraná, Victoria, San Salvador, La Paz, Diamante, Villaguay y Concordia.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25, incisos a) y b) de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, se ha valorado la acreditación del universo de trabajadores y la acreditación de la representatividad respecto a los trabajadores de la salud, exceptuando jerárquicos y profesionales, que se desempeñen en los establecimientos asistenciales y sanatorios dependientes del Ministerio de Salud y Acción Social, Secretaría de Salud de la Provincia de Entre Ríos, en cualquiera de sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR