Resolución 47/2009
Fecha de disposición | 19 Marzo 2010 |
Fecha de publicación | 19 Marzo 2010 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31867 |
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES Resolución Nº 47/2009
Tope Nº 03/2010
Bs. As., 29/12/2009
VISTO el Expediente Nº 1.313.053/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 121 del 5 de agosto de 2009 y CONSIDERANDO:
Que a fojas 7 del Expediente Nº 1.313.053/09, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTOS, ESPARCIMIENTO,
RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y el CASINO DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 802/06 'E', conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. 121/09 y registrado bajo el Nº 855/09, conforme surge de fojas 67/69 y 72, respectivamente.
Que a fojas 80/82, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº 628 del 13 de junio de 2005.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES LABORALES RESUELVE:
Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 121 del 5 de agosto de 2009 y registrado bajo el Nº 855/09 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTOS,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y el CASINO DE BUENOS AIRES...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba