Resolución 791/2022

Fecha de publicación04 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2022

Visto el expediente EX-2022-103451594-APN-DGDA#MEC, la ley 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2021 vigente conforme el artículo 27 de la ley 24.156 y sus modificatorias, en los términos del decreto 882 del 23 de diciembre de 2021, los decretos 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017 y 426 del 21 de julio de 2022, las resoluciones 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), 365 del 27 de mayo de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-365-APN-MEC), 1255 del 3 de agosto de 2022 (RESOL-2022-1255-APN-MC) y 1573 del 20 de septiembre de 2022 (RESOL-2022-1573-APN-MC), ambas del Ministerio de Cultura, y

CONSIDERANDO:

Que a través del artículo 1° de la resolución 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), se aprobó el Régimen Transitorio y Excepcional para la readecuación voluntaria de grados para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, que reviste en la planta permanente, el que será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2023, para las y los agentes que hayan sido seleccionados en un cargo del citado Convenio desde el 1° de diciembre de 2008 y que voluntariamente soliciten la readecuación de los grados que le fueran asignados como parte del proceso de selección, en el marco de lo dispuesto en la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del citado Convenio Sectorial del 26 de noviembre de 2021.

Que a través del artículo 2° de la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.

Que en el artículo 22 del anexo II a la resolución mencionada precedentemente, se establece que “al trabajador de Planta Permanente...

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