Resolución 79.

Fecha de disposición13 Noviembre 2017
Fecha de publicación13 Noviembre 2017
SecciónResoluciones

AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 79/2017

Buenos Aires, 04/10/2017

VISTO el expediente 4-9005000 DAJ N° 1293/2017 del registro de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 27.192, el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.192 crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

Que corresponde considerar que conforme lo dispuesto por el artículo 5° inc. 3° de la mencionada norma, corresponde a esta ANMaC efectuar la destrucción, con carácter exclusivo y excluyente en todo el territorio nacional, de todo material controlado en el marco de las leyes Nros. 20.429, 25.938 sus complementarias y modificatorias.

Que en el mismo sentido su art. 5° inc. 4° habilita a la ANMaC a determinar los métodos y procedimientos de destrucción de materiales controlados, garantizando su eficacia, eficiencia y sustentabilidad en relación con el medio ambiente.

Que el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL ha dispuesto la baja institucional de TRESCIENTAS CUATRO (304) armas de fuego de su dotación por haber cumplido su ciclo de vida útil, generando su descargo patrimonial y efectuando la entrega a este Organismo para su destrucción, de acuerdo a la Disposición N° 5018/13 del Director General de Administración de dicho Servicio.

Que dicho material fue verificado en el BANCO NACIONAL INFORMATIZADO DE DATOS, surgiendo luego de su consulta sobre el estado registral y documentación que ordena su destrucción, que se encontrarían en condiciones de ser destruidas TRESCIENTAS TRES (303) armas de fuego, toda vez que UNA (1) de ellas posee solicitud de secuestro vigente, por lo que se ha...

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