Resolucion 79

Fecha de disposición24 Enero 2007
Fecha de publicación24 Enero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31080

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.080 28Miércoles 24 de enero de 2007

Que en tal sentido, cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la empresa signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo encontrándose asimismo acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA - CAPITAL FEDERAL por la parte gremial y la Empresa LECCENTRO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte patronal, obrante a foja 2 del Expediente N° 1.142.822/05, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presenteAcuerdo obrarte a foja 2 del Expediente N° 1.142.822/05.

ARTICULO 3°

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

Gírese al Departamento de Relaciones Laborales N° 1 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, hágase saber a las partes que deberán acompañar las escalas salariales correspondientes a efectos que la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.) elabore el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a su guarda conjuntamente con el legajo del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 689/05 'E'.

ARTICULO 5°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ACTAACUERDO En la Ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de septiembre de 2005, se reúnen por una parte y en representación de la empresa LECCENTRO S.A., con domicilio en la calle Las Heras 269 de la Localidad de Monte Grande, Pcia. de Buenos Aires, el Señor Sergio Moletta en su carácter de Presidente, y por la otra en representación del SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAPITAL FEDERAL, domiciliado en la calle Defensa 453 de la Nº...

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