Resolución 79/2021

Fecha de publicación31 Marzo 2021
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-19244812-APN-SD#ENRE, y

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) RESOL-2021-131-APN-SE#MEC de fecha 22 de febrero de 2021 se modificó la Resolución de la SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO (SRRyME) N° 14 de fecha 19 de abril de 2019, estableciendo los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) que deberán utilizar para su correspondiente aplicación en los cuadros tarifarios los agentes distribuidores y otros prestadores del Servicio Público de Distribución que lo requieran, de conformidad con lo establecido en la Resolución SE N° 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 durante el período comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 30 de abril de 2021.

Que, asimismo, dispuso la continuidad de los valores correspondientes a cada agente distribuidor del MEM por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal, establecidos mediante la Disposición de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (SEE) N° 75 de fecha 31 de julio de 2018.

Que, además, por Resolución SE N° 204 de fecha 24 de marzo de 2021 se estableció, a partir del 1 de abril de 2021, el valor del gravamen creado por el artículo 30 de la Ley N° 15.336, modificado por el artículo 70 de la Ley N° 24.065, el artículo 74 de la Ley N° 25.401 y el artículo 1 de la Ley N° 25.957 destinado al Fondo Nacional de Energía Eléctrica (FNEE), en PESOS CIENTO SESENTA POR MEGAVATIO HORA ($ 160/MWh) para las facturas que se emitan a partir de dicha fecha.

Que, por último, subdividió la categoría c) Demandas Mayores a TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW) -GUDI- en los siguientes subgrupos: a) General y b) Organismos y Entes Públicos que presten los Servicios Públicos de Salud y Educación.

Que, a tal efecto y, a los fines de instrumentar la segmentación de manera ejecutiva, descentraliza en cada jurisdicción, la categorización de los usuarios de demandas mayores a TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW) -GUDI- del segmento "Organismos y Entes Públicos que presten los Servicios Públicos de Salud y Educación" a través de cada distribuidora con el acuerdo del Ente Regulador o autoridad que ejerza el control del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica según corresponda.

Que según el Anexo (IF-2021-15354523-APN-SE#MEC) que acompaña la RESOL-2021-131-APN-SE#MEC, los Precios de Referencia de...

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