Resolución 788. RESOL-2019-788-APN-ENACOM#JGM

EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Fecha de la disposición20 de Febrero de 2019

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 788/2019

RESOL-2019-788-APN-ENACOM#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 13/02/2019

VISTO el Expediente EX-2018-37007904-APN-SDYME#ENACOM, el IF-2019-03255032-APN-DNSA#ENACOM y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que la Ley N° 26.522 establece que las licencias correspondientes a los servicios de comunicación audiovisual no satelitales, que utilicen espectro radioeléctrico, serán adjudicadas mediante el régimen de concurso público y permanente, facultando a esta Autoridad de Aplicación a resolver las características de los llamados a concurso.

Que, asimismo, el Artículo 32 de la reglamentación de la Ley N° 26.522, aprobada por Decreto N° 1.225/10, faculta a este Organismo a llamar y sustanciar los concursos públicos.

Que a través de la RESOL-2018-4949-APN-ENACOM#MM, complementada por su similar RESOL-2018-1441-APN-ENACOM#JGM, se aprobó el reglamento que rige el CONCURSO PUBLICO SIMPLIFICADO, para la adjudicación de licencias a personas humanas, jurídicas con fines de lucro constituidas o en formación y personas jurídicas...

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