Resolución 787/2021

Fecha de publicación03 Septiembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-79825683- -APN-DGDYD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales (T.O. 1984) y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, los Decretos Nros. 721 de fecha 11 de junio de 2004, 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y 86 de fecha 27 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 721 del 11 de junio de 2004 dispone la constitución de la sociedad CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CORASA) en la órbita de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que el Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019 modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, estableciendo a través de su artículo 16 como atribuciones propias del Jefe de Gabinete de Ministros, las de intervenir en los planes de acción y los presupuestos de las sociedades del Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados y cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en su área; así como en su intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión, disolución o centralización.

Que el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, asigna a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la competencia propia de administrar las participaciones del Estado en CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A..

Que en tal sentido, teniendo la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la administración de la participación del Estado en el CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A., y resultando necesario convocar a una Asamblea de Accionistas, designando un representante de los derechos de los accionistas, conforme el artículo 237, de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales (T.O. 1984) y el segundo parágrafo, inciso b) del artículo 158 del Código Civil y Comercial de la Nación, es menester designar a la persona que ejercerá la representación legal de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como administrador del CIEN POR CIENTO (100%) de los derechos de dicha sociedad anónima.

Que con fecha 15 de septiembre de 2020, se realizó la Asamblea General Unánime Autoconvocada, en donde se...

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