Resolución 783-E.

Fecha de disposición07 Diciembre 2017
Fecha de publicación07 Diciembre 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 783-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2017

VISTO el Expediente Nº 1.405.513/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 451/454 obra el acuerdo y a fojas 455/456 obra el anexo, celebrados por la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) por el sector sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) por el sector empleador, de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 14.250 (t.o. 2004) de negociaciones colectivas.

Que por el acuerdo de marras, se establecen nuevas condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 275/75, conforme el texto al cual se remite.

Que dicho acuerdo se celebra respecto al ámbito personal y territorial dispuesto por la DISPOSICIÓN DNRT N° 48 del 08 de junio de 2011.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre el alcance de representatividad del sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada como gratificación, resulta procedente hacer saber a las partes que...

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