Resolución 78/2021
Fecha de publicación | 25 Marzo 2021 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR |
Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2021
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 0.11.1 “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I”, Revisión 3 , y la Normas 0.11.4 “Licenciamiento de personal de Instalaciones Clase II y Clase III del Ciclo de Combustible Nuclear”, Revisión 0, el Acta CALPIR Extraordinaria (COVID-19) N° 11 del CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I (RELEVANTES) Y CLASE II Y III (NO RELEVANTES) DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR), y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que las personas mencionadas en la presente Resolución y la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, en su carácter de entidad responsable, solicitaron a esta ARN el otorgamiento de Licencias Individuales y renovación de Autorizaciones Específicas para personal que se desempeña en Instalaciones Clase I.
Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES han verificado que la formación, capacitación y entrenamiento de los solicitantes de la Autorización Específica y de las renovaciones de Autorizaciones Específicas para el personal que se desempeña en Instalaciones Clase I se ajusta a los requerimientos establecidos en la Norma AR 0.11.1.
Que, por su parte, la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha verificado que el solicitante del Permiso Individual que se desempeña en Instalaciones Clase II y Clase III del Ciclo de Combustible Nuclear, se ajusta a los requerimientos de la Norma AR 0.11.4.
Que el Presidente del CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I (RELEVANTES) Y CLASE II Y III (NO RELEVANTES) DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR), en su Nota N° 22264519/21 adjunta el Acta CALPIR Extraordinaria (COVID-19) N° 11 , a través de la cual recomienda dar curso favorable a los trámites de solicitud de Autorización Específica y de renovaciones de Autorizaciones Específicas para el personal que se desempeña en Instalaciones Clase I y del Permiso Individual para personal de la Instalación...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba