Resolución 158/2010

Fecha de publicación02 Marzo 2010
Fecha de disposición02 Marzo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31854

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Decreto Nº 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobada la contratación a plazo fijo, en los términos del artículo 93 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificaciones, entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona cuyos datos de identidad se detallan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente decisión, conforme las condiciones, plazo y monto mensual allí consignados.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión se atenderá con cargo al fondo proveniente de los excedentes del Fondo de Garantía establecido por el artículo 33, apartado 4 de la Ley Nº 24.557.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO Nueva contratación (artículo 93 Ley de Contrato de Trabajo) Apellido y Nombre M.I. Nº Período de vigencia Categoría Monto Mensual Bruto Lugar de Prestación de Servicios CRESPO,

Ariel Rubén 8.479.040 01/07/09 al 31/12/09

Profesional Senior A1 $ 12.624,31 Gabinete de Asesores - Unidad Superintendente SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Decisión Administrativa 73/2010

Danse por aprobadas contrataciones.

Bs. As., 26/2/2010

VISTO el Expediente Nº 11.582/09 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y 24.557 y sus respectivas modificaciones, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Decreto Nº 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009, las Resoluciones del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 637 de fecha 31 de julio de 1996 y sus modificaciones y de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nros. 223 de fecha 14 de febrero de 2008, 228 de fecha 21 de febrero de 2008 y 772 de fecha 29 de julio de 2009, y CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 se creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

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Que por el Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por el Decreto Nº 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009, se estableció que las contrataciones de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros o el Ministro o Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según corresponda, dependiendo de la retribución u honorario mensual fijado en las mismas, y según sean éstas nuevas contrataciones, renovaciones o prórrogas.

Que atento a ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ha solicitado a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación de los contratos a plazo fijo en los términos del artículo 93 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificaciones, suscriptos 'ad referéndum' del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, toda vez que sus importes mensuales superan la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5700).

Que las personas cuyas contrataciones se proponen, reúnen los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.

Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, fue aprobada la estructura orgánico-funcional de dicho Organismo.

Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DELTRABAJO Nº 223 de fecha 14 de febrero de 2008, se aprobaron los Lineamientos del Plan de Fortalecimiento Institucional para la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, cuyas actividades serán financiadas a través de los excedentes del Fondo de Garantía de la Ley Nº 24.557.

Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 228 de fecha 21 de febrero de 2008, se resolvió que los gastos que origine el funcionamiento del Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas, tanto de índole operativo y equipamiento, como los correspondientes al personal que se designe para su integración, serán financiados con los excedentes del Fondo de Garantía de la Ley Nº 24.557.

Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO indicó que se cuenta con recursos suficientes para afrontar el gasto requerido, en su proporción, con cargo a la partida específica del presupuesto de la Entidad 852 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO y del presupuesto de los excedentes del Fondo de Garantía establecido por el artículo 33, apartado 4 de la Ley Nº 24.557.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha...

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