Resolución 770-E.

Fecha de disposición06 Diciembre 2017
Fecha de publicación06 Diciembre 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 770-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2017

VISTO el Expediente Nº 1.761.559/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 26/28 obra el acuerdo y a fojas 29 obra el anexo, celebrados entre la ASOCIACIÓN SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS (ASFA) por el sector sindical, y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1165/10 "E" de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por el acuerdo de marras se establece un incremento salarial con vigencia desde el 1 de enero de 2017 y su modalidad de pago, entre otras cuestiones.

Que el acuerdo ha sido suscripto por la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.

Que en relación con el carácter atribuido a las sumas previstas en las cláusulas tercera y quinta,resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (1976).

Que...

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