Resolución 77/2023

Fecha de publicación01 Diciembre 2023
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2021-124462655- -APN-STIEIP#CNRT, los Decretos N° 958 de fecha 16 de junio de 1992 y sus modificatorios, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, N° 335 de fecha 4 de abril de 2020 y N° 532 de fecha 9 de junio de 2020, las Resoluciones N° 79 de fecha 17 de julio de 2000 y N° 140 de fecha 7 de noviembre de 2000, ambas de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, N° 95 de fecha 16 de enero de 2003 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, N° 383 de fecha 20 de julio de 2009 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, N° 669 de fecha 17 de julio de 2014 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, N° 791 de fecha 7 de agosto de 2014 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, N° 106 de fecha 1° de noviembre de 2017, Nº 49 de fecha 26 de marzo de 2018, N° 90 de fecha 3 de julio de 2019, todas ellas de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, y las Disposiciones N° 475 de fecha 18 de julio de 2019 y N° 848 de fecha 6 de octubre de 2021, ambas de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 958 de fecha 16 de junio de 1992 y sus modificatorios, se estableció la normativa aplicable al servicio de transporte por automotor de pasajeros de carácter interurbano de jurisdicción nacional que comprende el transporte interjurisdiccional que se efectúa entre las Provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; entre Provincias; en los Puertos y aeropuertos nacionales, entre ellos, o entre cualquiera de ellos y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o las Provincias; con excepción del que discurre exclusivamente en el ámbito de la REGIÓN METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Que, complementariamente, por conducto de la Resolución Nº 140 de fecha 7 de noviembre de 2000, modificada por la Resolución Nº 95 de fecha 16 de enero de 2003, ambas de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE, se aprobó la Reglamentación del artículo 19 del decreto antes citado estableciendo, entre otros, los supuestos en los cuales los permisionarios de Servicios Públicos de Transporte por Automotor de Pasajeros de Jurisdicción Nacional podrán solicitar la adecuación de su permiso.

Que conforme la Resolución Nº 383 de fecha 20 de julio de 2009, modificada por las Disposiciones Nros. 475 de fecha 18 de julio de 2019 y 848 de fecha 6 de octubre de 2021, todas ellas de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito jurisdiccional del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, se estableció el...

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