Resolución 765-E.

Fecha de disposición06 Diciembre 2017
Fecha de publicación06 Diciembre 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 765-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2017

VISTO el Expediente Nº 1.756.673/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 13/15 y 18/23 del Expediente Nº 1.756.673/17 obran los Acuerdos celebrados entre la UNIÓN FERROVIARIA y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que se deja constancia que los mencionados acuerdos han sido suscriptos por la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.

Que bajo el Acuerdo obrante a fojas 13/15 de autos los agentes negociadores convienen el pago de una suma no remunerativa para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1442/15 "E", del cual son las mismas partes signatarias, conforme a los términos del texto pactado.

Que a su vez, en el Acuerdo de fojas 18/23 las partes convienen modificaciones salariales, conforme a los términos y condiciones allí pactados.

Que en relación con el carácter atribuido a las asignaciones no remunerativas pactadas en los Acuerdos de marras, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de...

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