Resolución 763/2015
Fecha de disposición | 05 Junio 2015 |
Fecha de publicación | 25 Agosto 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33199 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 763/2015Bs. As., 05/06/2015
VISTO el Expediente N° 1.656.324/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 23.546 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/6 del Expediente N° 1.656.324/14, luce un Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL DE FÁBRICAS DE PINTURAS Y AFINES por la parte sindical, y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DE LA PINTURA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del acuerdo precitado las partes pactan nuevas escalas salariales, con vigencia a partir del 1 de Febrero del año 2015, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 86/89, conforme surge de los lineamientos allí estipulados.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la aptitud representativa de la entidad empresaria signataria y de la organización sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.
Que a fojas 38/39 del Expediente N° 1.656.324/14 se declaró constituida la Comisión Negociadora entre las partes del presente acuerdo.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los requisitos impuestos en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y en la Ley N° 23.546 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen...
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