Resolución 753-E.

Fecha de disposición18 Septiembre 2017
Fecha de publicación18 Septiembre 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 753-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2017

VISTO el Expediente N° 1-224-566.195/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 55/58 y fojas 59/59 vta. de los autos citados en el VISTO, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO por la parte Gremial y las empresas EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA, VOCES SOCIEDAD ANÓNIMA, ROSARIO DIFUSIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, TELEVISIÓN LITORAL SOCIEDAD ANÓNIMA y TELEVISIÓN FEDERAL SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, ratificado a fojas 60 por medio del Acta que lo integra, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido nuevas condiciones salariales, el pago de una gratificación extraordinaria de carácter no remunerativo a ser aplicado a los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 153/91 y el pago de una contribución patronal, cuya vigencia opera a partir del día 1° de Junio de 2016 y demás consideraciones, con las modalidades que obran en el texto al cual se remite.

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo concertado, se corresponde con el ámbito de representatividad que ostenta el sector empleador firmante en correspondencia con la Entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que se hace saber a las partes en relación a las sumas no remunerativas convenidas, que las mismas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho...

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