Resolución 750 - E.

Fecha de disposición25 Noviembre 2016
Fecha de publicación25 Noviembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 750 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2016

VISTO el Expediente Nº 1.712.534/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 230-E del 25 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 11/14 del Expediente Nº 1.712.534/16 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical y la empresa CASINOS GALA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1268/12 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 230-E/16 y registrado bajo el Nº 689/16, conforme surge de fojas 34/34 vuelta y 38, respectivamente.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 204 del 26 de noviembre de 2015 se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de julio de 2015 correspondiente al Acuerdo N° 1236/15, homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 591 del 25 de septiembre de 2015.

Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 689/15 han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes a partir del mes de julio de 2015 y posteriores allí consignadas, deviene necesario actualizar los montos del promedio de las remuneraciones anteriormente fijados y del respectivo tope indemnizatorio que surge del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo de la presente.

Que, cabe destacar que la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 204 del 26 de noviembre de 2015, conserva su eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el presente acto.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el...

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