Resolución 75-E.

Fecha de disposición12 Septiembre 2017
Fecha de publicación12 Septiembre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARÍA DE JUSTICIA

Resolución 75-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-05364245-APN-DDMIP#MJ, la Ley N° 26.589, el Decreto N° 1467 del 22 de septiembre de 2011, y la Resolución M. J. y D. H. N° 2689 del 30 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley N° 26.589 estableció una multa para el caso en que la mediación concluya por incomparecencia injustificada de alguna de las partes.

Que el artículo 23, del Anexo I, del Decreto N° 1467/11 reglamentó el procedimiento por el cual se aplicará la referida multa, al propio tiempo que facultó al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a publicar su monto y el inicio de su vigencia.

Que la Resolución M. J. y D. H. N° 2689/13 fijó el monto de la multa por incomparecencia antes referida y delegó en la SECRETARIA DE JUSTICIA tal atribución.

Que el valor de la referida multa fue fijado por las Resoluciones S. J. Nros. 160 del 31 de agosto de 2015 y 23 del 31 de marzo de 2016.

Que el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA produjo un nuevo informe en el marco del artículo 23 de la reglamentación aprobada por el Decreto N° 1467/11, del cual resulta que la multa por incomparecencia regulada en el artículo 28 de la Ley N° 26.589 asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON OCHENTA CENTAVOS ($ 4.843,80).

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades delegadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR