Resolución 736/2021

Fecha de publicación05 Marzo 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 03/03/2021

VISTO el expediente N° EX-2020-47332191-APN-DNMIA#MSYDS, las Leyes Nros. 18.284, 25.929, 26.061 y 26.873, la Decisión Administrativa N° 457 de fecha 4 de abril de 2020, el Decreto N° 178 de fecha 15 de marzo de 2017, la Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL Nº 54 de fecha 12 de febrero de 1997, y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD Nº 670 de fecha 15 de abril de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que este MINISTERIO DE SALUD trabaja desde el año 1994 en la Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño (HAMyN), propuesta por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) desde el año 1991.

Que dicha iniciativa persigue implementar prácticas que protejan, promuevan y apoyen la lactancia materna la cual es considerada una de las prácticas más efectivas para la reducción de la mortalidad y la morbilidad neonatal e infantil.

Que la práctica de la lactancia materna no solo beneficia al/la niño/a, sino que además sus beneficios se extienden a la salud de la persona que amamanta, a la salud de las comunidades e incluso al medioambiente.

Que en el marco de la mencionada iniciativa, desde el año 1994, se han certificado 67 maternidades en todo el territorio argentino.

Que en este sentido, las referidas maternidades han cumplimentado los requisitos para que cada institución forme parte de la Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño.

Que el entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL mediante la Resolución Nº 54/97 aceptó en todos sus términos al Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (CICSLM) de la OMS el cual forma parte de la Iniciativa HAMyN y se incorporó al Código Alimentario Argentino.

Que mediante la Ley Nº 26.873 de Lactancia Materna, Promoción y Concientización Pública, cuya autoridad de aplicación es este MINISTERIO DE SALUD, se establecieron como objetivos promover la adhesión de los hospitales y centros de atención primaria de salud a los programas Hospital Amigo de la Madre y el Niño y a la Iniciativa Centro de Salud Amigo de la Madre y del Niño; promover la creación y desarrollo de centros de lactancia materna cuya función será recolectar, conservar y administrar leche de la madre al propio hijo; y promover la provisión de leche materna a lactantes cuando circunstancias específicas así lo requieran, entre otros.

Que la Ley Nº 25.929 estableció entre los derechos de los padres y las madres de la...

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