Resolución 733.

Fecha de disposición22 Julio 2016
Fecha de publicación22 Julio 2016
MateriaDerecho Penal
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 733/2016

Bs. As., 15/07/2016

VISTO el Expediente N° S02:0069998/2016 del registro del ex - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 21.844 regula los lineamientos generales del régimen de penalidades dirigido a los prestatarios del servicio de transporte por automotor.

Que se han dictado sucesivos regímenes de penalidades, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 13 de la mencionada ley.

Que por el Decreto N° 253 de fecha 3 de agosto de 1995 se aprobó el Régimen de Penalidades por Infracciones a las Disposiciones Legales y Reglamentarias en Materia de Transporte por Automotor de Jurisdicción Nacional, el cual estableció, en su Sección II, las infracciones relativas a los servicios de transporte por automotor de pasajeros (Título I), a los servicios de transporte por automotor de cargas (Título II) y las infracciones comunes a ambas modalidades (Título III).

Que por otra parte, la Ley N° 24.653 y el Decreto N° 1035 de fecha 14 de junio de 2002, reglamentaron todo lo atinente a las penalidades del transporte automotor de cargas de Jurisdicción Nacional, modificando en lo que respecta el decreto aludido en el párrafo anterior.

Que el artículo 7° del Régimen de Penalidades por Infracciones a las Disposiciones Legales y Reglamentarias en Materia de Transporte por Automotor de Jurisdicción Nacional aprobado por el Decreto N° 253/95 con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1395 de fecha 27 de noviembre de 1998 establece la posibilidad de que todo imputado por un hecho, acto u omisión que se encuadrare prima facie en infracción a las normas que regulan el transporte por automotor de Jurisdicción Nacional siendo pasible de la sanción de multa, y que opte por el pago voluntario del SESENTA POR CIENTO (60%) del monto mínimo de las penas que en cada caso correspondieren, proceda al pago en cuotas.

Que por la Resolución N° 315 de fecha 1° de agosto de 1994 del registro de la ex - COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y normas complementarias, se estableció un sistema de pago en cuotas mensuales de las sanciones de carácter pecuniario aplicadas o que se aplicaren en el futuro de conformidad con lo previsto en la Ley N° 21.844 y su reglamentación.

Que por otra parte, mediante la Resolución N° 4436 de fecha 11 de noviembre de 1999 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE y normas complementarias, se reglamentó la posibilidad de efectuar planes de pago a aquellos que se encuadren "prima facie" en infracción a las normas que regulan el transporte y que se acojan al beneficio del pago voluntario.

Que en este sentido, resulta necesario actualizar los montos de las cuotas a que hacen referencia los regímenes aludidos, a los fines de procurar el logro de una mejor y más equitativa administración del sistema.

Que por otra parte, resulta conveniente implementar la posibilidad de retomar los convenios o planes de pago que se soliciten en caso de verificarse incumplimientos, a los fines de contar con una nueva herramienta tendiente a lograr el mayor porcentaje posible de cancelación de sanciones con los beneficios consecuentes, aunque manteniendo indemne el propósito correctivo de las mismas.

Que por otra parte, y a los fines metodológicos se unificarán ambos regímenes en un solo reglamento.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que...

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