Resolución 725/2022

Fecha de publicación01 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-105130313-APN-SE#MEC y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 29 de junio de 2006 se suscribió el “Convenio Marco entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA DE BOLIVIA para la venta de Gas Natural y la Realización de Proyectos de Integración Energética”, en cuyo Artículo 8º, entre otras cuestiones, se establece que ambos Gobiernos analizarán también la instalación de una Planta de Generación termoeléctrica que permita la generación de electricidad para consumo interno boliviano y la exportación a la REPÚBLICA ARGENTINA y/o terceros países.

Que con fecha 10 de agosto de 2007, ambos Gobiernos suscribieron el “Acuerdo Marco de Integración Energética entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA DE BOLIVIA”, en cuyo Artículo 3º, titulado Hidrocarburos y Energía Eléctrica, se prevé que las Partes, a través de las instancias gubernamentales con competencia en energía, de sus empresas estatales y empresas con participación del Estado, promoverán la realización de proyectos de exploración y explotación, infraestructura, desarrollo de mercados energéticos, industrialización de los hidrocarburos, así como el establecimiento de mecanismos legales y de gestión pública y empresarial destinados a su implementación.

Que con fecha 27 de agosto de 2014, se suscribió el “Memorándum de Entendimiento para el Intercambio de Energía Eléctrica entre la República de la Argentina y el Estado Plurinacional de Bolivia” mediante el cual se establecieron las bases para el intercambio de energía eléctrica entre ambos países en el marco de la integración energética.

Que con fecha 17 de junio de 2015 se suscribió el “Memorándum de Entendimiento entre el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS de la REPÚBLICA ARGENTINA y el MINISTERIO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA del ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA”, en el cual se prevén las modalidades de los intercambios de energía eléctrica, considerando que dichos intercambios serán, en todos los casos, de tipo interrumpible.

Que, con fecha 20 de octubre de 2015, se suscribió el “Acuerdo de Intercambio de Energía Eléctrica entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República Argentina”, firmado entre la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD (ENDE CORPORACIÓN) y COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), mediante el cual se establecieron los derechos, obligaciones y responsabilidades de las Partes en relación al intercambio de excedentes...

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