Resolución 721/2015

Fecha de disposición06 Mayo 2015
Fecha de publicación12 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33127



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

Resolución 721/2015Bs. As., 6/5/2015

VISTO el Expediente N° S02:0006216/2015 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 84, de fecha 4 de febrero de 2009, se ordenó la implementación de un SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) como medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano.

Que la medida erige en calidad de Autoridad de Aplicación del sistema SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) a la SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y en carácter de agente de gestión y administración al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, organismo autárquico que funciona en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS; a quienes instruyó por su parte a suscribir el Convenio Marco SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO, y los actos complementarios que resulten necesarios para la implementación y puesta en funcionamiento del mismo.

Que mediante el Artículo 5° del Decreto N° 84/09, se dispuso que la implementación del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.), alcanzará inicialmente a los beneficiarios del sistema de compensaciones al transporte público de pasajeros automotor y ferroviario creado por el Decreto N° 652, de fecha 19 de abril de 2002 y del RÉGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (R.C.C.), creado por el Artículo 1° del Decreto N° 678, de fecha 30 de mayo de 2006.

Que, en tal sentido, se estableció que la organización, implementación, puesta en funcionamiento, gestión y administración del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) alcanzará en una primera etapa a los servicios de transporte público de pasajeros que se desarrollan en la REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que, en ese marco, mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE N° 162, de fecha 22 de julio de 2010, se aprobó el Cronograma N° 1 de Instalación del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.), en las líneas afectadas a servicios de transporte automotor urbano y suburbano de pasajeros que operan en la región aludida.

Que, posteriormente, mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 1.535 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. de fecha 4 de diciembre de 2014, se dispuso que...

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