Resolución 72/2015

Fecha de disposición02 Marzo 2015
Fecha de publicación06 Marzo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33084



ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 72/2015Bs. As., 2/3/2015

VISTO el Expediente N° ANC:0003008/2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, Expediente original N° S01:0158626/2010 y su agregado Expediente N° 0021601/201, ambos del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita el retiro de la autorización otorgada a AERO CLUB DE GENERAL PICO, mediante la Resolución N° 276 del ex - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA de fecha 17 de agosto de 2001, prorrogada por la Resolución N° 1.019 de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA de fecha 28 de diciembre de 2005, para explotar servicios no regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aeronaves de reducido porte.

Que el presente proceso administrativo es impulsado por el informe N° 55 de la Dirección de Explotación de Estudios de Mercados y Estadísticas de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL de fecha 4 de mayo de 2010, en el que el director a cargo manifiesta que la empresa no contaba con la capacidad económica-financiera para realizar los servicios autorizados, conforme lo normado por el Artículo 135 inciso 8 del Código Aeronáutico.

Que el día 4 de octubre de 2010 se notificó al Aeroclub del sumario iniciado a efectos de formular su descargo y ofrecer la prueba que estime corresponder bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, se tendrá por reconocida su responsabilidad sin perjuicio de la prosecución de las actuaciones con arreglo a las constancias reunidas, conforme lo prevé el Número 42 del Anexo I del Decreto N° 326/82.

Que en tiempo y forma, la enrostrada presentó su descargo y adjuntó al mismo los balances adeudados.

Que ante dicha circunstancia se dio intervención a la Dirección de Estudios de Mercado y Estadísticas dependiente de la DIRECCIÓN DE TRANSPORTE AÉREO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, dependencia que por el Informe N° 192 de fecha 17 de diciembre de 2010, concluyó que el Aeroclub acreditaría capacidad económico - financiera para la continuidad de las actividades autorizadas.

Que no obstante lo expuesto, cabe destacar que en fecha 19 de enero de 2012 se agrega a las actuaciones el Expediente N° S01:0021601/2007, por medio del cual el Aeroclub...

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