Resolución 718-E.

Fecha de disposición30 Agosto 2017
Fecha de publicación30 Agosto 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 718-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2017

VISTO el Expediente EX-2016-03139344-APN-SECGT#MTR del registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, los Decretos N° 958 del 16 de junio de 1992, N° 808 del 21 de noviembre de 1995, N° 2407 del 26 de noviembre de 2002, las Resoluciones N° 608 del 1° de agosto de 2006, N° 498 del 21 de agosto de 2007, N° 726 del 26 de septiembre de 2008, N° 257 del 24 de noviembre de 2009, N° 181 del 23 de agosto de 2010, N° 976 del 20 de diciembre de 2012, N° 495 del 29 de noviembre de 2016, N° 1516 de fecha 26 de noviembre de 2014, N° 926 del 10 de junio de 2015, N° 1553 del 19 de agosto de 2015 y N° 2779 del 30 de noviembre de 2015, todas de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la N° 39 del 10 de agosto de 2016 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 958 de fecha 16 de junio de 1992, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 808 de fecha 21 de noviembre de 1995 y sus normas complementarias y concordantes, constituye el marco regulatorio del transporte automotor de pasajeros interurbano de jurisdicción nacional.

Que el Decreto N° 2407 de fecha 26 de noviembre de 2002 declaró el estado de emergencia del transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional, y brindó el marco para la instrumentación de ciertas medidas, como la reducción de frecuencias y la consolidación de servicios, estableciendo un mecanismo de determinación de la tarifa de referencia de los servicios, mediante la aplicación de una banda tarifaria.

Que mediante el artículo 6° del mencionado decreto se aprobaron las "NORMAS Y CARACTERÍSTICAS GENERALES RELATIVAS A LA RECATEGORIZACIÓN DE LOS VEHÍCULOS Y A LA APLICACIÓN DE BANDAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARÁCTER INTERJURISDICCIONAL QUE SE DESARROLLA EN TODO EL TERRITORIO DE LA NACIÓN" y se dispuso que la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de autoridad de aplicación, puede modificar estas normas en el supuesto en que fundadas razones de interés público lo requieran.

Que a través de las Resoluciones N° 608 de fecha 1° de agosto de 2006, N°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR