Resolucion 718

Fecha de disposición14 Agosto 2007
Fecha de publicación14 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31217

Operario Cuadrilla Fija 'B' $ 300.00

Ayudante de Tráfico 'B' $ 297,00

Peón Taller 'A' $ 279,00

Medio Oficial de Taller 'B' $ 297,00

Peón Gral. 'A' de Transporte $ 279,00

Peón General 'A' Infraest. $ 279,00

Auxiliar Administrativo 'B' $ 291,00

Auxiliar admin. de Primera 'A' $ 310.00

La Empresa procederá a abonar mensualmente a la orden de la Unión Ferroviaria, un aporte equivalente al 3% de las asignaciones no remunerativas mencionadas más arriba, en concepto de 'Aporte Empresario para Actividades Culturales, Sociales y de Capacitación de los Trabajadores'.

También efectuará una contribución especial a la orden de la Obra Social Ferroviaria, por un valor equivalente al 9% de las asignaciones aludidas más arriba que se abonen en el período respectivo al personal comprendido en la presente Acta, a los efectos de favorecer una mejora de las prestaciones médico-asistenciales.

11) Como Compensación, a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 710/05/E, se les abonará una Suma No Remunerativa de acuerdo al detalle expresado más abajo, la que se abonará en tres (3) cuotas mensuales y consecutivas con los haberes de los meses de junio, julio y agosto del presente año, a saber:

Oficial Electromecánico 'E' $ 1500,00

Capataz Cuadrilla 'E' $ 1500,00

Coordinador de Tráfico 'A' $ 1500,00

Oficial Mecánico Electricista 'D' $ 1300,00

Operador Mecánicos de Equipos 'D' $ 1300,00

Chequeador Cambista 'D' $ 1300,00

Oficial de Taller 'C' $ 1150,00

Oficial Cuadrilla Fija 'C' $ 1150,00

Operador de Tráfico 'C' $ 1150,00

Operario Cuadrilla Fija 'B' $ 1150,00

Ayudante de Tráfico 'B' $ 1150,00

Peón Taller 'A' $ 1150,00

Medio Oficial de Taller 'B' $ 1150,00

Peón Gral. 'A' de Transporte $ 1150,00

Peón General 'A' Infraest. $ 1150,00

Auxiliar Administrativo 'B' $ 1150,00

Auxiliar admin. de Primera 'A' $ 1150,00

VIGENCIA, CONDICIONES ECONOMICAS: Las Partes establecen que las condiciones económicas de este Convenio Colectivo de Trabajo con los nuevos valores acordados en la presente, regirán hasta el 28/02/2008, no obstante lo cual manifiestan, que a pedido del Sindicato serán revisados, cuando las variables pertinentes a la Economía Nacional sufran modificaciones sustanciales, como también en caso que se produzcan modificaciones dentro de la actividad que alteren la relación preestablecida entre los trabajadores convencionados.

En prueba de conformidad, se firman cinco ejemplares de idéntico tenor y a un mismo efecto, uno...

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