Resolución 718/2023

Fecha de publicación02 Noviembre 2023
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-108875979--APN-DA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que todo plantín hortícola, como estructura vegetal de propagación, que se encuentre expuesto al público o entregado a usuarios a cualquier título debe estar debidamente identificado (Artículo 9º de la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas), a fin de otorgar garantías de su identidad y calidad a los productores usuarios que los utilizan para iniciar sus cultivos.

Que es necesario establecer en una sola norma los requisitos para la actividad que brinda el servicio de “crianza” de plantines hortícolas, desde su siembra hasta que alcanza el tamaño apto para su trasplante según cada especie.

Que actualmente diversas enfermedades fúngicas, bacterianas y virósicas presentan un gran desafío para la producción de distintas especies hortícolas y que es necesario extremar las medidas de buenas prácticas de manejo para resguardar la calidad y sanidad de plantines hortícolas.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, tomó vista del proyecto de esta resolución estando de acuerdo con el mismo, sugiriendo únicamente que las plantineras hortícolas deberán cumplir con lo estipulado en el Artículo 1º de la presente resolución.

Que la Dirección de Evaluación de Calidad, dependiente de la Dirección Nacional de Desarrollo de Semillas y Creaciones Fitogenéticas, la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Dirección Nacional de Articulación Federal, y la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención técnica que les compete.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS ha brindado su opinión favorable en su reunión de fecha 12 de septiembre de 2023, según Acta N° 506.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en los Artículos y del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

NORMAS DE PRODUCCIÓN DE PLANTINES DE...

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